este Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: DESISTIDA LA RECUSACIÓN propuesta por la abogado GAMMA BARRETO, venezolana, mayor de edad, titular de las cédulas de identidad N° V-4.821.342, de este domicilio, en contra del abogado JOSÉ MANUEL ARRAIZ CABRICES, en su condición de JUEZ PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL ESTADO LARA, en fecha 24 de enero de 2005, en el juicio por cobro de prestaciones sociales intentado por el ciudadano ELEAZAR JOSE MARQUEZ VISCAYA, en contra del CENTRO HIPICO CLUB GILMAR. En consecuencia, se IMPONE a la abogada GAMMA BARRETO una multa equivalente a diez (10) unidades tributarias, por no existir prueba alguna que evidencie temeridad en la recusación propuesta.