PRIMERO: CON LUGAR, la apelación interpuesta por la abogada MARIANA MELENDEZ, en su carácter de co-apoderada judicial de la parte demandada CERVECERÍA POLAR C.A., contra la decisión de fecha 08 de diciembre del año 2006, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, con sede en Acarigua.
SEGUNDO: CON LUGAR LA FALTA DE CUALIDAD, opuesta como punto previo por la parte demandada CERVECERÍA POLAR C.A.
TERCERO: REVOCA, la decisión de fecha 08 de diciembre del año 2006, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, con sede en Acarigua, por las razones expuestas en la motiva.
CUARTO: Se condena en costas a los co-demandantes por haber resultado totalmente vencidos.
QUINTO: No hay condenatoria en costas del recurso de apelación.