Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Segundo Civil, y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA INADMISIBLE, la apelación interpuesta por el Abogado MIGUEL EDUARDO VASQUEZ asistiendo al demandado ciudadano JOAO MENDEZ, en contra del auto de fecha 07 de Diciembre del 2.011, dictado por el Juzgado del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
No hay Condenatoria en costas por la naturaleza de la decisión tomada.