DECISIÓN
En mérito de las consideraciones presentemente expuestas, este Juzgado Superior Primero Civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la apelación interpuesta por la abogada ROSA ELENA GIMÉNEZ, apoderada judicial de la parte demandada, contra la decisión dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Estado Lara, en fecha 26 de noviembre de 2002, en el juicio de REIVINDICACIÓN intentado por DIEGO MARTÍN LOZADA PÉREZ y ADDA MARINA PÉREZ DE MEJIAS contra DARÍO HERNÁNDEZ PÉREZ. En consecuencia, se declara SIN LUGAR la acción de reivindicación y CON LUGAR la reconvención por prescripción adquisitiva alegada por DARIO HERNÁNDEZ contra DIEGO MARTÍN LOZADA PÉREZ y ADDA MARINA PÉREZ DE MEJIAS.
Queda así REVOCADA la sentencia apelada. Se condena en costa a la parte perdidosa.
De conformidad con el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil, Notifíquese a las.....