DISPOSITIVA:
En atención a los razonamientos antes expuestos, este Tribunal IV de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, constituido en Tribunal Unipersonal, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ABSUELVE al ciudadano EUSEBIO EMISAEL GIMENEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 8.731.851, residenciado en la calle 34 entre avenidas 25 y 26, casa No. 25-55 del Barrio Andrés Bello, Acarigua, Estado Portuguesa; por la comisión del delito de LESIONES CULPOSAS GRAVES, previsto y sancionado en el Artículo 422, ordinal 2° en relación con el artículo 417 del Código Penal, en perjuicio de ELDO ANTONIO ESPINOZA.
No se condena en costas al Estado Venezolano, por considerar el Tribunal que el Ministerio Público tuvo motivos racionales para acusar.
Diarícese, regístrese, publíquese y déjese copia.
La presente decisión fue publicada de.....