En fuerza de las anteriores consideraciones este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario, del Tránsito con competencia Transitoria en Protección del Niño y del Adolescente del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara Parcialmente Con Lugar, la apelación formulada por la opositora, ciudadana MARIA DE LOS SANTOS PEREZ, en el presente procedimiento de solicitud de únicos y universales herederos, incoado por los ciudadanos JOSE AGUSTIN MATERANO y MARIA FIDELIA DE GIL, ambos identificados.
En consecuencia, se declara la nulidad de todos los actos procesales subsiguientes, al escrito de oposición de la tercera opositora de fecha 08-02-2008, y hasta el presente fallo, exclusive, y se acuerda la reposición de la causa, al estado que el Tribunal de Primera Instancia, ordene aperturar una articulación probatoria de conformidad con el artículo 607 del Código de Procedimi.....