Por los razonamientos expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad Nº 2 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, RESUELVE:
ÚNICO: Con fundamento en el aparte último del artículo 474 del Código Orgánico Procesal Penal, revisa el cómputo de la pena de fecha 21 de Octubre de 2013 practicado en la causa penal contra los ciudadanos JOSÉ LEANDRO IZARRA VALERA y GERARDO JOSÉ BECERRA MORENO determinando que para la presente fecha han cumplido de su pena principal de SEIS AÑOS Y CUATRO MESES DE PRISIÓN un tiempo de UN AÑO, SIETE MESES Y DOS DÍAS, faltándoles por cumplir un tiempo de CUATRO AÑOS, OCHO MESES Y VEINTIOCHO DÍAS, tiempo que se cumplirá el día 12 de Enero de 2020; así como también, que pueden optar a la medida de DESTACAMENTO DE TRABAJO a partir del día 28 de Mayo de 2016; de RÉGIMEN .....