Por las razones anteriormente expuestas, ésta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resuelve: DECLARAR SIN LUGAR la recusación incoada por el Abogado ORLANDO QUINTERO, actuando en su carácter de Defensor Privado del ciudadano VITO SUTERA, contra la Jueza del Tribunal de Violencia contra la Mujer en Función de Juicio Nº 01 del Circuito Judicial Penal del estado Lara, Abg. NEDDIBELL GIMÉNEZ JIMÉNEZ, en el Asunto Principal signado bajo el Nº KP01-S-2010-000917, de conformidad con la causal prevista en el artículo 86 numeral 7 del Código Orgánico Procesal Penal.
Publíquese la presente decisión y remítase la presente incidencia, al Tribunal de Violencia contra la Mujer en Función de Juicio de este Circuito Judicial Penal del Estado Lara, que conoce de la Causa Principal, a los fines de que sean agregadas al mismo. Igualmente líbrese boleta de notificación.....