Por los fundamentos precedentemente expuestos, este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y con Competencia Transitoria en Protección del Niño y del Adolescente del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación ejercida en fecha 13/12/2.004 por el Abogado Julio César Castellano en su carácter de co-apoderado judicial de la parte actora, contra la sentencia dictada por el a quo en fecha 24/11/2.004.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia dictada por el Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa en fecha 24/11/2.004, mediante la cual declaró:
"...(sic)...PARCIALMENTE CON LUGAR la presente acción por Fijación de Obligación Alimentaria que ha incoado la ciudadana KEYLA LISBETH CAMPOS QUEVEDO... en representación de su hijo DAV.....