DISPOSITIVA
En base a las consideraciones expuestas, este Juzgado de los Municipio Agua Blanca y San Rafael de Onoto del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA , y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la presente querella de INTERDICTO PROHIBITIVO DE OBRA VIEJA, incoada por el ciudadano ALFONSO FERNANDEZ FEIJO, en consecuencia se ordena:
Primero: Con respecto a la Garantía presentada por la parte actora, se deja sin efecto la fianza presentada.
Segundo: Se ordena a la ciudadana VIRGINIA DEL CARMEN LEAL, dar cumplimiento en lo indicado en el Decreto Interdictal, de fecha 12 de Mayo del Año Dos Mil Cinco, en el cual se ordenó cerrara la puerta que da acceso a la propiedad del ciudadano Alfonso Fernández Feijo a costas de ella, asimismo cerrar los bloques de ventilación que permiten la vista de la propi.....