Por las razones expuestas, este Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara
HOMOLOGADO el desistimiento del recurso de apelación, realizado por la Apoderada Judicial de la parte demandada, Abogada RAMSES GÓMEZ SALAZAR, contra la decisión dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en fecha 12 de Julio de 2004.
Publíquese y regístrese.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala del Despacho del Juzgado Superior Primero de la Circunscripción Judicial de Estado Portuguesa, en la ciudad de Guanare, Municipio Guanare del Estado Portuguesa, a los Catorce (14) días del mes de Julio del año dos mil cuatro. Años: 193º de la Independencia y 145º de la Federación.