En virtud de los fundamentos precedentemente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y con competencia transitoria en Protección del Niño y del Adolescente del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación ejercida en fecha 20/04/2005, por la ciudadana Yllani De Lima Jacobo, parte actora en la presente causa, asistido de abogado, contra la sentencia dictada en fecha 13/04/2005 por la Juez Unipersonal N° 1 del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de este Circuito y Circunscripción Judicial, Abogado Zelidet González
SEGUNDO: CON LUGAR la apelación parcial de la sentencia formulada en fecha 21/04/2005 por el ciudadano José Gregorio Marrero, parte demandada en la presente causa, referida a las costas, en consecuencia queda la ciudadana Yllani De Lima Jacobo condenada en las costas del juicio.
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