Se publico en su texto integro la sentencia mediante la cual el Tribunal Mixto POR UNANIMIDAD CONDENA a los acusados: EDGAR JOSE MOLINA CARUCI y JOSE RAMON SILVA DAZA; por la comisión del delito de PRIVACIÓN ILEGITIMA DE LIBERTAD, previsto y sancionado el artículo 176 en concordancia con el primer aparte del artículo 175 ambos del Código Penal, cometido en perjuicio de los ciudadanos ANDY RAFAEL CARVAJAL SUAREZ y JEAN CARLOS GUTIERREZ CASTILLO; imponiéndoles la pena de TRES (3) AÑOS DE PRISIÓN más las accesorias de ley. Por cuanto los acusados se encuentran en libertad no se puede fijar la fecha probable de finalización de la condena. No se condena en costas por los motivos expuestos en el capítulo señalado supra. Se deja expresa constancia que la parte dispositiva del fallo fue leída en audiencia oral el día 9 de Julio de 2008