Ambas partes solicitan a la ciudadana Juez se sirva decretar la homologación, y en este sentido esta Juzgadora visto que la presente transacción laboral cumple con los requisitos previstos en el Articulo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y 10 de su Reglamento vigente, siendo el acuerdo anteriormente prenombrado producto de la voluntad de cada una de las partes, garantizan una armoniosa resolución de la controversia, y los mismos no son contrario a derecho, a los fines de promover la conciliación como mecanismo adecuado de resolver conflictos HOMOLOGA el presente acuerdo transaccional, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 253 y 258 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, artículo 6 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y 256 del Código de Procedimiento Civil.
Juez 2° de Juicio Secretaria Accidental
Abg° Gisela Gruber Abg° Gabriela Izaguirre
El representante judicial de la parte actora
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