En mérito de lo anteriormente expuesto, la Juez Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confieren la Constitución, la Ley y el Derecho, DECIDE:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación incoado por la parte demandada METROBUS LARA, C.A., contra el Auto de admisión de pruebas de incidencia, de fecha 28 de junio de 2017, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en el asunto KP02-L-2016-000522.
SEGUNDO: Se condena en costas a la recurrente de conformidad con lo establecido en el Artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
TERCERO: Notifíquese al Procurador General del estado Lara de la presente decisión, agregándose copia certificada de la misma.