este TRIBUNAL EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY; de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECRETA estas diligencias bastantes para asegurar la posesión o algún derecho de la solicitante, ciudadano: NOIMIN LEONARDO RODRIGUEZ SERRADA, identificado en autos, sobre las bienhechurías determinadas, ubicadas en la Calle 01, Urbanización Antonio José De Sucre. Píritu, Municipio Esteller del Estado Portuguesa, quedando en todo caso a salvo los derechos de terceros.