No hay pronunciamiento en cuanto a bienes gananciales al no constar en autos su existencia.
Dictada, firmada y refrendada en la Sala de Despacho del TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICPIOS PÁEZ Y ARAURE DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, en Acari¬gua a los 03 días del mes de julio de Dos Mil diecisiete, Años: 207° de la Independencia y 158° de la Federación.
LA JUEZ,
ABG. TANY J. FERNÁNDEZ A.
La Secretaria,
Abg. Solger Colmenares
En la misma fecha siendo las 10:44 de la mañana se publica la presente decisión.
CONSTE:
Colmenares/Secretaria.
TJFA/dg
Causa N° 2195-2017