DECISIÓN
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Primero Civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA y en consecuencia Terminado el Procedimiento, en el juicio por Cobro de Bolívares, interpuesto por el ciudadano FELIX MANUEL LEZAMA SOTO contra SOCIEDAD DE COMERCIO DI CINTIO CONSTRUCTRUCCIONES CERAMICA, C. A.
De conformidad con el Art. 248 del Código de Procedimiento Civil, expídase copia certificada de esta sentencia para ser agregada al libro respectivo.
Regístrese, publíquese y bájese