Por las razones anteriormente expuestas este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil del Tránsito y con Competencia Transitoria en Protección del Niño y del Adolescente del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SE REVOCA la sentencia dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa en fecha 09/06/2005
SEGUNDO: IMPROPONIBLE la demanda que por cobro de bolívares (vía ejecutiva), que en fecha 02/08/2004, intentó el abogado José Luís Rodríguez Macías, actuando en su carácter de apoderado del ciudadano Manuel Ramón Rivero Sánchez en virtud de sustitución de poder efectuada por la ciudadana Eulalia del Carmen Cortéz Montilla.
No hay condenatoria en costas por la naturaleza del fallo.