Por todos los argumentos esgrimidos, este Juzgado 1ero de Juicio Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa con sede en Acarigua, verificado el cumplimiento del debido proceso, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por la autoridad que le confiere la Ley, declara:
PRIMERO CON LUGAR, la acción incoada por el ciudadano WILMER SUESCUM DIAZ en contra de la VIGILANTES DE VALENCIA S.R.L por motivo de cobro del pago de prestaciones sociales
SEGUNDO: Se ordena a la empresa VIGILANTES DE VALENCIA S.R.L al pago de OCHO MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL CIENTO OCHENTA Y NUEVE BOLÍVARES CON UN CÉNTIMO (BS. 8.436.189,01) por los conceptos por prestaciones sociales correspondientes a la antigüedad, fidecomiso, bono vacacional, aguinaldos, indemnización y preaviso por despido injustificado, horas extras, cesta tickets por los días efectivamente laborados durante la relación laboral, en dinero efectivo, calculados en base al 0,25% del valor de la unidad .....