Ambas partes solicitan a la ciudadana Juez se sirva decretar la homologación de la presente Transacción.
Vistos los términos en los cuales ha sido planteado el acuerdo anteriormente trascrito, y siendo que el mismo es producto de la voluntad de cada una de las partes, garantizando una armoniosa resolución de la controversia por cuanto no es contrario a derecho, a los fines de promover la conciliación como mecanismo adecuado de resolver conflictos HOMOLOGA el presente acuerdo transaccional, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 253 y 258 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, artículo 6 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y 256 del Código de Procedimiento Civil. Es todo
Juez 2° de Juicio Secretaria Accidental
Abg° Gisela Gruber Abg° Gabriela Izaguirre
El Apoderado Judicial de la parte demandante
El Apoderado Judicial de la parte demandada
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