Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA: CON LUGARla solicitud de DIVORCIO formulada por los ciudadanos: Merjist Zobeida Luque Valeray Saúl Ignacio Castillo Catari,ut supra identificados, de conformidad con lo previsto en las Sentencias Nros 136 de fecha 30/03/2017, Expediente Nº 2016-0004479, bajo la ponencia del Magistrado Guillermo Blanco Vásquez, de la Sala de Casacion Civil y 1070, de la Sala de Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha 09/12/2016, con ponencia del Magistrado Juan José Mendoza Jover, acogiendo la interpretación constitucionalizante del Artículo 185 del Código Civil.
En consecuencia, bajo la premisa del Artículo 184 eiusdem queda DISUELTO, el vínculo conyugal contraído por.....