En virtud de lo anteriormente expuesto, este Tribunal IV de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA: MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA consistente en arresto domiciliario a los acusados WILMER ALEXANDER DIAZ LOYO y WILMER JESUS DIAZ CUBA, establecida en el artículo 256, ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal.
Ofíciese lo conducente.
Cúmplase lo ordenado.
El Juez IV de Juicio
Abg. Víctor Hugo Mendoza Cabrera
El Secretario
Abg. Alfredo Zerpa