DISPOSITIVA:
Por las razones expuestas, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO PORTUGUESA DE LA SECCION ADOLESCENTES EN FUNCION DE CONTROL N° 2, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos :
1.-Homologar el acuerdo conciliatorio de conformidad, de conformidad artículo 578 literal "d" de la Ley Orgánica para la Protección el Niño, Niña y del Adolescente, en la causa seguida al adolescente imputado IDENTIDAD OMITIDA.
2.- Se Suspende el proceso a prueba por el plazo cinco (05) meses, de conformidad al Artículo 566 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
3.- El imputado: IDENTIDAD OMITIDA, deberá cumplir las siguientes obligaciones: A) Recibir orientaciones psicológicas y seguimiento social ante el Equipo Multidisciplinario adscrito a este Tribunal B) continuar con la escolaridad, como consecuencia de l.....