Primero: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto en contra la sentencia dictada por el Tribunal de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Portuguesa extensión Guanare, en fecha 03 de octubre de 2012. Y Así se Decide.
Segundo: SE CONFIRMA la sentencia apelada en cuanto a la improcedencia de la colocación familiar requerida pero se revoca el numeral Tercero del Dispositivo del Fallo. Y Así se Establece.