DISPOSITIVA
Por los anteriores razonamientos este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y del Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECRETA: LA ADOPCIÓN intentada por los ciudadanos RICARDO JOSÉ TORRES ORTEGA y BETZAIDA DEL CARMEN MENDOZA DE TORRES EN BENEFICIO DE LA CIUDADANA Identificación Omitida por Disposición de la Ley ; en consecuencia, se acuerda la modificación de los apellidos de la ciudadana Identificación Omitida por Disposición de la Ley por los apellidos de los ciudadanos adoptantes que en lo sucesivo se identificara como Identificación Omitida por Disposición de la Ley .
Se deja constancia que la adoptada tendrá la condición de hija y los adoptantes la condición de padre y madre respectivamente y condición ésta que regirá todos los derechos inclusive los hereditarios, cr.....