En virtud de los razonamientos expuestos, este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Centro Occidental, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: Primero: Procedente la solicitud efectuada el día 25 de abril de 2018, presentada por la representación del Fisco Nacional. Segundo: LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN POR PÉRDIDA DEL INTERÉS en el recurso contencioso tributario (subsidiario) incoado por la ciudadana Lily Chan Ngok, titular de la cédula de identidad V- 14.513.201, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 102.182, actuando en su carácter de representante legal de la sociedad mercantil HAPPY FIESTA, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, de fecha 06 de septiembre de 2002, bajo el Nº 38, Tomo 35-A, inscrita en el Registro de Información Fiscal (R.I.F.) bajo el N° J-30946399-3, en contra de la Resolución Nº GTI-RCO-DJT-ARA-2005-000268, de fecha 07 de noviembre de 2005, .....