Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando justicia en  nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por  autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la ciudadana  NG FANG POY LING, titular de la cédula de identidad Nro.- V-13.846.699, en su carácter de presidenta de la sociedad mercantil CORPORACIÓN NG VENEZUELA, C.A. (CORPVENGCA), asistida por la abogada MARÍA VALENZUELA, identificada con matricula bajo el número de Inpreabogado bajo el Nro.- 142.563, contra la decisión de fecha 11 de enero del año 2013, dictada por el  Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del estado Portuguesa con sede en la ciudad de Guanare, debidamente fundamentado en este acto por la abogada CARMEN J. OTERO M.,  por las razones expuestas en la motiva.
SEGUNDO: SE REVOCA la decisión de .....