En base a las consideraciones expuestas, este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dando cumplimiento a lo ordenado en Sentencia Condenatoria Definitivamente Firme, de fecha 10-01-2011, se ejecuta la sentencia donde ordena a los Adolescentes IDENTIDADES OMITIDAS, plenamente identificados, a cumplir la sanción de PRIVACION DE LIBERTAD, por el lapso de Un (01) año y Seis (06) meses, de privación de libertad, el adolescente IDENTIDAD OMITIDA, detenido desde el 30/07/10 a la presente fecha ha permanecido detenido por el lapso de Siete (07) meses y Trece (13) días, les falta por cumplir Once (11) meses y Diecisiete (17) días y el adolescente IDENTIDAD OMITIDA, detenido desde el 30/07/10 hasta el 17/09/10 (se evadió) y el 22/09/10 (regresa); a la presente fecha ha permanecido detenido Siete (07) meses y Ocho (08) días, les falta por cumplir Once (11) meses y Veintidós (22) días y la cual será cumplida en el Centro Socioeducativo Dr. Pablo .....