En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: COMPETENTE para conocer el presente recurso de apelación interpuesto por el abogado JESUS RICARDO RAMOS REYES, actuando en su condición de apoderado judicial de la parte querellante en la presente acción de amparo constitucional, ciudadano ALBANIO JOSE VARGAS GOMEZ, contra la decisión publicada en fecha 21 de julio del año 2011 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Circuito del Trabajo del estado Portuguesa, con sede en Acarigua.
SEGUNDO: CON LUGAR, el presente recurso de apelación interpuesto por el abogado JESUS RICARDO RAMOS REYES, actuando en su condición de apoderado judicial de la parte querellante en la presente acción de amparo constitucional, ciudadano ALBANIO JOSE VARGAS GOMEZ, contra la sentencia publicad.....