este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección del Niño, Niña y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, visto que en el presente caso se encuentran llenos los extremos de ley, AUTORIZA suficientemente a la ciudadana YUDALITH EMILIA CAMACARO CACERES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.263.265, para tramitar el cobro de la Póliza de "SEGUROS UNIVERSITAS", la póliza de seguro de Responsabilidad Civil de Vehículos, que le corresponden a su hija y nieto, el niño (IDENTIDAD OMITIDA), de cuatro (04) meses de edad y a la adolescente (IDENTIDAD OMITIDA), venezolana, adolescente de 17 años, al cobro de la indemnización que por Responsabilidad Civil de vehículos por accidente personas ocupantes de vehículos, muerte accidental, gastos médicos, invalidez permanente y gastos funerarios, les corresp.....