DISPOSITIVA
Por los motivos y razonamientos expuestos, este Juzgado del Municipio San Genaro de Boconoito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: 1) PARCIALMENTE CON LUGAR la solicitud de Obligación Alimentaria formulada por la ciudadana NELLY DEL CARMEN MATERÁN, en contra del Ciudadano JOSE ISMAEL TORRES. 2) En consecuencia, acuerda fijar como obligación Alimentaria, la cantidad de BOLIVARES VEINTE MIL (Bs 120.000, oo) mensual, a favor de la niña ISMERLY DEL CARMEN 3) Se establece la obligación por parte del padre, de realizar con carácter obligatorio y sin demora alguna, a favor de la niña ISMERLY DEL CARMEN los gastos médicos y de medicinas que requiera esta niña, dadas las condiciones especiales de salud en que se encuentra, y que requiere de manera especial atención, para poder cumplir con sus terapia.....