Por todo lo antes expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 31-01-07, por el defensor privado de los acusados Abogado OTONIEL GARCIA CASTRO, contra la decisión dictada en fecha 15 de enero de 2007, por el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE JUICIO No.1 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO PORTUGUESA EXTENSIÒN ACARIGUA, mediante la cual condenó a los acusados CEBALLOS CASTILLO MARIA LETERINA Y CHAVIEL CORONEL RAUL.