DISPOSITIVO
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la petición de la parte actora en contra de la demandada FAJAS BIOSALUDABLES, C.A.
SEGUNDO: Se ordena a la parte demandada FAJAS BIOSALUDABLES, C.A., a cancelar a la ciudadana MARIA DE LOS ANGELES BENITEZ C., titular de la cedula de identidad N° 17.306.998., la cantidad de UN MILLON CIENTO CUARENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS VEINTICINCO BOLIVARES CON CUARENTA Y NUEVE CENTIMOS (Bs. 1.145.325,49).
TERCERO: Se condena el pago de las costas a la parte perdidosa por haber resultado totalmente vencida, de conformidad con el artículo 59 de Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Publicada en el Juzgado Primero de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa,.....