En fuerza de las anteriores consideraciones este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara Sin Lugar las cuestiones previas de caducidad e inadmisibilidad de la pretensión, formuladas por la parte demandada, en el presente juicio de nulidad de asamblea de socios, incoada por los ciudadanos FERMÍN MEDINA PACHECO y PEDRO PABLO HIDALGO SILVA, contra la sociedad civil ASOCIACIÓN CIVIL DE TRANSPORTE RUTA COMUNAL LA GRACIANERA, ambos identificados.
Se declara sin lugar la apelación de la parte accionada y queda confirmada la decisión proferida por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito del Primer Circuito de la Circunscripción del estado Portuguesa de fecha 03-03-2015.
Se condena costas a la parte apelante por mandato del artículo 281 del Código de Procedimiento Ci.....