Por las razones antes expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara CON LUGAR la tacha de falsedad por vía principal propuesta por el ciudadano MARCIAL BERMUDES BATISTA Español, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° E-201.834, en contra la ciudadana ANA ROSA TORRES SILVA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.560.646, quien actúa en representación de la entonces menor de edad ANA KARINA BERMÚDEZ TORRES. En consecuencia, SE DECLARA LA NULIDAD PARCIAL DEL ACTA DE NACIMIENTO inserta en el libro de registro de nacimiento llevado por la antigua Prefectura del Municipio Páez hoy Registro Civil del Municipio Páez del Estado Portuguesa, en lo que respecta a la comparecencia del ciudadano Marcial Bermúdez Batista y la cor.....