DE LA DECISIÓN
En mérito de las consideraciones expuestas, este Juzgado Primero de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: PROCEDENTE la solicitud de suspensión de efectos del acto administrativo emanado de la Inspectoría del Trabajo, correspondiente a Providencia Administrativa Nº 994-2014 de fecha 28 de noviembre de 2014, por lo que se suspenden los efectos del referido acto administrativo hasta tanto sea resuelto el fondo del recurso de nulidad interpuesto.
SEGUNDO: Se ordena a la recurrente otorgar caución por la cantidad de SESENTA MIL BOLÍVARES SIN CÉNTIMOS (BS. 60.000,00), a favor del ciudadano NESTOR LUIS BARRETO BRITO, la cual deberá ser presentada en un plazo de quince (15) días de despacho siguientes a la publicación de la presente decisión. La no presentación de la caución o fianza dentro del lapso indicado, dará luga.....