Ambas partes solicitan al Tribunal, homologue el presente acuerdo en los términos antes expuestos, ordene el cierre y el archivo del mismo una vez que conste en los autos la consignación de los documentos donde conste el traspaso de los bienes descritos en la cláusula cuarta y que nos expida Una (01) copia certificada de la presente mediación.
Visto el acuerdo de las partes, el Juez, lo considera positivo, en consecuencia procede a homologarlo, por cuanto no es contrario a derecho, y se adapta a los criterios jurisprudenciales y legales, y no contiene renuncia alguna a ningún derecho irrenunciable derivado de una relación de trabajo de conformidad con lo previsto en los artículos 253 y 258 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley HOMOLOGA el presente ACUERDO una vez que consta en autos el pago los documentos que contienen los.....