Por todo lo antes expuesto este Tribunal de Violencia contra la Mujer, en funciones de Control, Audiencia y Medidas número 1, del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley: DECRETA: el cese de cualquier medida cautelar o de protección y seguridad que haya sido impuesta por la autoridad competente al ciudadano JAVIER FRANCO VILLA, con cédula de identidad número No consta, residenciado en Brisas de Carorita II, calle 09, casa 288, Barquisimeto, estado Lara, a los fines de salvaguardar la vida, la integridad física, psíquica, emocional o patrimonial de la mujer, así como su condición de imputado, en virtud de haberse decretado a su favor ARCHIVO FISCAL, por parte de la Fiscalía encargada de la investigación de los hechos denunciados. Regístrese, Publíquese y Notifíquese.