En suma, por las razones que preceden esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: CON LUGAR el presente recurso de apelación interpuesto por la FISCAL AUXILIAR SEGUNDA DEL MINISTERIO PUBLICO ABG. GIOVANA DE LA ROSA, contra la decisión dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia Penal en función de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa Extensión Acarigua, de fecha 19/07/2007, mediante la cual declara la nulidad absoluta del acta policial de fecha 14-07-07 y en donde decreta la libertad plena del ciudadano MAXIMO ANTONIO, por la presunta comisión del delito de ROBO A MANO ARMADA. En consecuencia, declara NULO EL FALLO impugnado, y se ordena el reenvío de la causa a otro Juez de Primera Instancia en lo Penal, en función de Control de la extensión Acarigua, para que con entera libertad de criterio dicte la decisión mo.....