EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, dicta los siguientes pronunciamientos:1.- Admite totalmente la acusación presentada por la Representación Fiscal, contra el ciudadano Jiménez Lago Roberto, por la comisión del delito de trafico de sustancias estupefacientes y psicotrópicas en la modalidad de transporte, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley contra el Tráfico Ilícito y Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio del Estado Venezolano, por cuanto los hechos se subsumen en la previsión factica contenida en el tipo penal señalado. Por lo que desestima la solicitud de la defensa.2.- Admite los medios de pruebas ofrecidos por el Ministerio Público, vale decir, las declaraciones de los expertos en cuanto a las periciales por ellos practicadas, la declaración de los funcionarios y testigos así como la documental, consistente en el acta de inspección de sustancia, practicada conforme a la Doctrina vin.....