Por los fundamentos anteriormente expuestos este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil del tránsito y con competencia transitoria en Protección del Niño y del Adolescente del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha 20/10/2.006 por el abogado Carlos Cedeño Azócar en su carácter de co-apoderado de la parte demandada contra la sentencia dictada en fecha 18/09/2.006 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa.
SEGUNDO: SE CONFIRMA el fallo dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa en fecha 18/09/2.006, que declaró: Parcialmente Con Lugar la demanda i.....