éste tribunal Segundo Ejecutor de Medidas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Le hace Formal entrega del bien inmueble consistente en un local comercial, ubicado en la carrera 11 con calle 13, cuyos linderos son los siguientes: Sur: La Carrera 11 ( hoy corredor vial) que es su frente y Este: Calle 13, en ésta ciudad de Guanare estado Portuguesa, Libre de personas y bienes al Abogado Servando Vargas, antes identificado, quien manifestó recibir conforme el inmueble en nombre de su representado.