En virtud de las consideraciones antes expuestas, este JUZGADO SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACION interpuesto en fecha 11 de julio de 2006, por el apoderado judicial de la parte actora, en contra de la sentencia dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara de fecha 07 de julio de 2006. En consecuencia, se declara SIN LUGAR LA DEMANDA interpuesta por la ciudadana Hilda Milagros Delgado, en contra de la Compañía Anónima Nacional Teléfonos de Venezuela (CANTV)