DISPOSITIVO
Por los razonamientos expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en Función de Ejecución y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, REVOCA LA MEDIDA DE LIBERTAD CONDICIONAL que fue concedida en fecha 22 de Noviembre de 2005, según decisión inserta a los folios 164 a 170, Pieza N° 02, al penado EULOGIO AMADEO MARTINEZ HERNANDEZ, venezolano, natural de Guanarito Estado Portuguesa, titular de la Cédula de Identidad N° 8.768.825, al incumplir las condiciones impuestas por este Tribunal y en virtud de la acusación que fuera admitida en su contra por el Tribunal de Control N° 01, del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua; así mismo se ordena el cumplimiento de la pena en el Centro Penitenciario de Los Llanos Occidentales (CEPELLO), todo de conformidad con el Artículo 512 del Código Or.....