En virtud de los fundamentos precedentemente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y con competencia transitoria en Protección del Niño y del Adolescente del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Sin Lugar, la apelación en fecha 01/12/2.008 por el abogado Luís Alejandro Méndez Guaita, en su carácter de apoderado de la parte demandante, y Sin Lugar, la apelación interpuesta en fecha 02/12/2.008 por la abogada Mary Carmen Jiménez en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, contra la sentencia dictada en fecha 04/11/2.008 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa.
SEGUNDO: Se declara Con lugar la acción que por Resolución de Contrato de venta con reserva de dominio de un vehiculo con.....