VI
DISPOSITIVA
En fuerza a las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA: IMPROCEDENTE la PARTICIÓN DE BIENES DE LA COMUNIDAD CONYUGAL, propuesta por el ciudadano JOSÉ BENIGNO LOPEZ MENDEZ, contra la ciudadana SORELY ALICIA BETANCOURT YEPEZ, ya identificados plenamente en autos, y consecuencialmente se declara SIN LUGAR la demanda PARTICIÓN DE BIENES DE LA COMUNIDAD CONYUGAL, propuesta por el ciudadano JOSÉ BENIGNO LOPEZ MENDEZ, contra la ciudadana SORELY ALICIA BETANCOURT YEPEZ, ya identificados en autos. Y Así se decide.
No se hace necesario la notificación de las partes por cuanto se encuentran a derecho.-
Se condena en costas procesales a la parte actora, causadas por su vencimiento total de conformidad al ar.....