Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO formulada por los ciudadanos Ángel José Soto Díaz y Angelis Gelarbis Carmona Armeya, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros: V-25.016.630, y V-26.705.277, respectivamente, domiciliados el primero en el Barrio 19 de Abril, Sector Uno, Manzana Av. Principal, Municipio Guanare del Estado Portuguesa, y la segunda en el Barrio La Triple, Av. Principal, Casa S/Nº, de esta misma jurisdicción, debidamente asistidos por el profesional del derecho Ronald A. Peraza, venezolano, mayor de edad, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 254.518, y de este domicilio; de conformidad con lo estableci.....