este Tribunal Noveno de Primera Instancia en lo Penal en Función de Control de este Circuito Judicial Penal, DECLARA IMPROCEDENTE la entrega del vehículo aquí solicitado, a la ciudadana LETICIA PASTORA MORON DE BAPTISTA, CI Nº V-4072572, y acuerda remitir las actuaciones a la Fiscalía superior del Ministerio Público a los fines de que se practiquen las experticias necesarias, se profundice la investigación, se efectúen las investigaciones tendentes a lograr la individualización del bien mueble y establecer la legítima propiedad a través de los documentos pertinentes, para que una vez establecidas todas estas diligencias pertinentes, si el referido vehículo no es imprescindible para la investigación LO ENTREGUE a su propietario, todo de conformidad a los artículos 283 y 311 del Código Orgánico Procesal Penal. Désele salida. Remítase con oficio.-Notifíquese a los solicitantes y su abogado asistente.-
JUEZ T NOVENA DE CONTROL,
ABG. MARIANT J. ALVARADO HIDALGO
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