En fuerza de las anteriores consideraciones este Juzgado Superior Civil, Mercantil, Bancario, del Tránsito y con Competencia Transitoria en Protección del Niño y del Adolescente del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara Sin Lugar la demanda de Rendición de Cuentas, incoada por el ciudadano JOSÉ EUSEBIO CEDEÑO FARFAN contra los ciudadanos JOSE EUSEBIO CEDEÑO AZOCAR LAZARDE, SHEILA CEDEÑO AZOCAR LAZARDE y RAFAEL ALONSO GRATEROL ROSALES, en su carácter de Presidente, Vicepresidenta y Comisario, respectivamente de la SOCIEDAD MERCANTIL CLINICA JOSÉ GREGORIO HERNÁNDEZ, C.A., ambos identificados.
Se declara sin lugar la apelación de la parte actora, quedando confirmada la sentencia de fecha 15-09-2004, dictada por el Juzgado Accidental de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de este Primer Circuito Judicial.
Se condena en costas a la parte apelante d.....